La respuesta del deudor ante el procedimiento monitorio es un punto crucial que determinará el desenlace futuro de cualquier disputa legal relacionada con una deuda. Su ausencia en este proceso puede significar una pérdida significativa de oportunidades para defenderse o impugnar las reclamaciones en su contra.
El proceso monitorio se presenta como un recurso jurídico fundamental para recuperar cantidades de dinero que son claras y fácilmente demandables, según lo estipulado en los artículos 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).
En este proceso, el acreedor presenta los documentos que sustentan la deuda ante el tribunal correspondiente, y luego se notifica al deudor, quien tiene 20 días para abonar la deuda o presentar sus objeciones al expediente.
Si el deudor opta por no responder al requerimiento o no comparece en el plazo establecido, el procedimiento monitorio se da por concluido, otorgando al acreedor la facultad de iniciar la ejecución de la deuda, incluso con medidas cautelares como el embargo de bienes.
El deudor tiene la posibilidad de contestar al requerimiento. Tiene la alternativa de saldar la deuda o depositar la cantidad correspondiente, lo que resultaría en el archivo del caso. Si opta por objetar, debe elaborar un escrito justificado donde exponga las razones por las cuales refuta total o parcialmente la deuda.
Este escrito de oposición debe ser presentado con la asistencia de un abogado y procurador, según lo establecido en la normativa vigente. Es crucial que las objeciones estén debidamente sustentadas, dado que este proceso da inicio a un litigio ordinario si las partes no llegan a un acuerdo.
La oposición del deudor convierte el proceso de monitorio en uno ordinario, lo que implica adherirse a las normativas legales y convierte la disputa en un litigio a ser dirimido por el juez. Según la cantidad reclamada, el proceso seguirá los procedimientos del juicio verbal o del proceso ordinario.
Es de suma importancia que las objeciones planteadas en el escrito de oposición estén debidamente fundamentadas, dado que este paso es determinante para la resolución del caso. Una vez que se pronuncie la sentencia, esta adquirirá fuerza de cosa juzgada, lo que significa que no se podrán presentar más argumentos en defensa.
Oponerse al proceso monitorio se vuelve crucial para asegurar una defensa sólida en caso de una demanda por deuda. Se recomienda buscar asesoramiento legal para formular objeciones contundentes y salvaguardar los intereses del deudor en todo momento. Vale la pena resaltar que, en casos en los que las deudas superen los 10.000 euros y pagarlas resulte imposible, existe la opción de recurrir a la ley de la segunda oportunidad para resolver esta situación.